Etiquetado
El etiquetado ambiental es, según la ISO 14020, un conjunto de herramientas voluntarias que intentan estimular la demanda de productos y servicios con menores cargas ambientales ofreciendo información relevante sobre su ciclo de vida para satisfacer la demanda de información ambiental por parte de los compradores.
La Organización Internacional de Normalización (ISO) ha clasificado las etiquetas ecológicas en tres tipos:
- Tipo I: Ecoetiquetas certificadas
- Tipo II: Autodeclaraciones ambientales de producto
- Tipo III: Declaraciones ambientales de producto (DAP), más conocidas por sus siglas en inglés EPD (Environmental Product Declaration) .
Las etiquetas tipo I son lo que normalmente se entiende por etiquetas ecológicas, mientras que las etiquetas tipo II y III se conocen también como declaraciones ambientales de productos
Marco legislativo:
- Directiva sobre etiquetado energético. Reglamento (UE) 2017/1369 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de julio de 2017, por el que se establece un marco para el etiquetado energético y se deroga la Directiva 2010/30/UE.
- Reglamento sobre la etiqueta ecológica. Reglamento (CE) nº 66/2010 relativo a la etiqueta ecológica de la UE.
- Reglamento (UE) 2017/1369 del parlamento europeo y del consejo de 4 de julio de 2017 por el que se establece un marco para el etiquetado energético y se deroga la Directiva 2010/30/UE.
- Recomendación de la Comisión de 9 de abril de 2013 sobre el uso de métodos comunes para medir y comunicar el comportamiento ambiental de los productos y las organizaciones a lo largo de su ciclo de vida.
Tipo I: Ecoetiquetas certificadas
ETIQUETAS ECOLÓGICAS TIPO I (NORMA ISO 14024).
Son aquellos programas desarrollados por una tercera parte independiente, que utilizan un sello o logotipo para comunicar que el producto es ambientalmente preferible en el ámbito del sector de ese producto.
La certificación asegura que el producto cumple tanto con criterios ambientales como con características funcionales.
El uso de la etiqueta está respaldado por una tercera parte definida en cada sistema de ecoetiquetado.
Resumiendo, las características del etiquetado de tipo I son:
- Es un etiquetado voluntario.
- Tienen como objetivo identificar y promover productos ecológicos.
- Implica el otorgamiento de una etiqueta si el producto cumple ciertos criterios.
- Los criterios de aprobación / desaprobación son establecidos para cada categoría de producto después de considerar los impactos en todo su ciclo de vida del producto.
- Están disponibles públicamente.
Para el caso de las etiquetas tipo I existe una entidad llamada “Global Ecolabelling Network (GEN)”, que es una organización sin ánimo de lucro creada en el año 1994 con la intención de reunir a los diferentes sistemas de certificación tipo I, tratar de uniformizar criterios, hacer viable la coexistencia de los diferentes sistemas de certificación y promover estas etiquetas.
A continuación, se muestran las categorías de productos por sectores:
Fuente: Globalecolabeling
Tipo II: Autodeclaraciones ambientales de producto
ETIQUETAS ECOLÓGICAS TIPO II (NORMA ISO 14021).
Son declaraciones o mensajes medioambientales de los propios fabricantes o titulares en los productos y servicios, normalmente sobre un único aspecto ambiental del producto (p. e. «biodegradable», «compostable», «contiene material reciclado», etc.). Incluye declaraciones como: “reciclable”, “60% libre de fosfatos”, etc.
Son realizadas por el propio fabricante en forma de textos, símbolos o gráficos y exigen la responsabilidad de cumplimiento del contenido de la información., tales como etiquetas en el producto en el envase, literatura del producto, boletines técnicos, avisos, publicidad, telemarketing, medios digitales o electrónicos e Internet. No existe certificación por una tercera parte, pero la información ofrecida debería ser verificable, exacta y pertinente para mantener la credibilidad de los consumidores. Con objeto de combatir la publicidad engañosa en relación con la publicidad de los productos ecológicos, ISO ha desarrollado la norma ISO 14.021 sobre ecoetiquetado de tipo II, cuyas directrices se recomienda seguir el proceso de elaboración de este tipo de ecoetiquetado.
Tipo III: Declaraciones ambientales de producto (DAP)
ETIQUETAS ECOLÓGICAS TIPO III. DAP O EDP (NORMA ISO 14025).
Las ecoetiquetas Tipo III, definidas en la norma ISO 14025, muestran información estandarizada basada en ACV de un producto o servicio con diagramas que presentan un conjunto de indicadores ambientales pertinentes (calentamiento global, consumo de recursos, residuos, etc.), acompañados de una interpretación de la información.
El etiquetado Tipo III es una nueva forma de declaración ambiental, que ofrece información sobre el impacto ambiental de un producto o servicio utilizando un enfoque científico basado en consideraciones del análisis del ciclo de vida ( ACV ). Suelen ser perfiles ecológicos, es decir, un conjunto de datos cuantificados como resultado de un inventario del ciclo de vida.
Mediante una EPD de un material o producto de construcción, se puede demostrar el potencial de reducción del impacto sobre el medio ambiente asociado a dicho material o producto.
Los Requisitos Específicos de Producto (REPs) se definen para cada categoría de producto en un programa EPD, incluyendo las categorías de impacto que deben ser estudiadas en cada grupo de productos y algunas directrices para llevar a cabo el ACV.
Las EPD verificadas por un tercer organismo independiente, aunque no necesariamente certificadas, permiten proveer información a la cadena de suministro y al consumidor final.
Cuales son los beneficios de una Declaración Ambiental de Producto verificada?
- Dar respuesta a las demandas de sus clientes en cuanto al suministro de información ambiental relacionada con el ciclo de vida de los productos o servicios suministrados.
- Mejora la imagen de la empresa y su trasparencia hacia el mercado, al reforzar el compromiso de mostrar la información ambiental completa del ciclo de vida de sus productos o servicios.
- Se puede auditar y validar por un organismo acreditado independiente, que garantiza la credibilidad y la veracidad de la información contenida en la declaración.
- Mejora la competitividad de la empresa a nivel internacional y le permite acceder a mercados verdes que anteriormente no tenía entrada.
- Su clasificación en grupos permite hacer comparaciones entre productos funcionalmente equivalentes.
Contenido básico de la EPD
El contenido básico de una EPD según la normativa UNE-EN ISO 14025 es:
- Organización que redacta el EPD.
- Descripción del producto.
- Programa en que se ha verificado el EPD. Código de registro en el programa, fecha de publicación y período de validez.
- Reglas de categoría de producto.
- Etapas tenidas en cuenta en el análisis de ciclo de vida y datos obtenidos.
- Inventario del análisis de ciclo de vida y datos obtenidos.
- Módulos de información.
- Datos de consumo de recursos, incluso energía, agua y recursos renovables.
- Datos de residuos vertidos. Tanto de emisiones contaminantes a la atmósfera y como de residuos al agua y al suelo.
- Resultados del análisis del impacto del ciclo de vida.
- Otros datos relevantes como por ejemplo cantidades y tipos de residuos generados.